Contratar artistas extranjeros
Antes de incorporar a un artista que viene de otro país, revisamos qué relación existirá, si puede trabajar en España, qué Seguridad Social corresponde y qué obligaciones fiscales aparecen en la operación.
CONTRATAR A UN ARTISTA EXTRANJERO NO ES UN ÚNICO TRÁMITE
Hay que separar varias preguntas: cómo va a trabajar, cuál es su situación de residencia, si necesita autorización para trabajar, qué sistema de Seguridad Social resulta aplicable y cómo debe tratarse fiscalmente la remuneración. La respuesta cambia según el caso.
QUÉ HAY QUE REVISAR
Primero hay que determinar si existe una relación laboral o una prestación realmente independiente. El origen del artista no sustituye este análisis.
Nacionalidad, residencia y documentación disponible condicionan qué comprobaciones deben realizarse antes de trabajar.
En determinados supuestos puede ser necesaria una autorización de residencia o trabajo, mientras que en otros existen regímenes distintos o excepciones previstas legalmente.
Hay que determinar qué legislación de Seguridad Social resulta aplicable y si existe documentación que acredite el mantenimiento de la cobertura en otro país.
Caché, salario, prestación de servicios, dietas y demás conceptos deben documentarse de acuerdo con la relación real.
La residencia fiscal, el tipo de renta, el lugar donde se desarrolla la actividad y, cuando proceda, el convenio internacional aplicable pueden afectar a la tributación.
CÓMO PREPARAMOS LA CONTRATACIÓN INTERNACIONAL
País, residencia, función, duración y forma de trabajo.
Determinamos cómo se incorpora la persona al proyecto.
Derecho a trabajar, Seguridad Social, identificación y documentación que corresponda.
Contrato, trámites laborales, pago y tratamiento fiscal según el caso.
EL PAÍS, LA RESIDENCIA Y LA RELACIÓN CAMBIAN LOS TRÁMITES QUE NECESITAS
Dos artistas que participan en el mismo proyecto pueden requerir documentación distinta si su situación jurídica, su residencia o su forma de trabajar no son las mismas. DERECHO A TRABAJAR Y SEGURIDAD SOCIAL. Conviene comprobar antes del desplazamiento qué habilitación necesita la persona y qué legislación de Seguridad Social debe aplicarse. CONTRATO, PAGO Y FISCALIDAD. El modo de documentar y pagar la participación tiene que ser coherente con la relación y con el tratamiento fiscal que corresponda.
COORDINAMOS LA CONTRATACIÓN DESDE EL PAÍS DE ORIGEN HASTA LA INCORPORACIÓN
Revisamos conjuntamente la relación, la situación de la persona, la documentación laboral, la Seguridad Social y el tratamiento fiscal para que las distintas piezas sean coherentes entre sí.
Cuéntanos un poco más
Responde solo lo necesario para mostrarte el siguiente paso que mejor encaja con tu situación.
REVISA LA CONTRATACIÓN ANTES DE QUE EL ARTISTA VIAJE O EMPIECE A TRABAJAR
Cuéntanos de qué país viene, qué trabajo realizará, durante cuánto tiempo y cómo quieres incorporarlo. Revisamos el caso y organizamos los pasos necesarios.